Prensa GNB
Efectivos militares quienes se encontraban de servicio en el Puesto de Seguridad Vial Peaje de Tucaní perteneciente a la Segunda Compañía del Destacamento Nº 16, con sede en Carretera Panamericana, Sector Caño La Yuca de la Parroquia Florencio Ramírez del Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del Estado Mérida.
Practicaron la detención preventiva de un ciudadano, Venezolano, natural de el Vigía estado Mérida, de 52 años de edad, de profesión u oficio Chofer, residenciado en el Barrio Santa Inés sector los Tres Locos, jurisdicción de la Parroquia Antonio Borges Romero del estado Zulia.
Quien se verifico por el sistema de información policial (siipol), se encuentra solicitado según Telegrama: 3851 de Fecha 21/12/1992 Maracaibo, siendo requerido juzgado Primero de Primera Instancia en lo penal del estado Zulia, Oficio Nro. 2987, de fecha 13/11/92 por el delito de Robo y Porte Ilícito de Arma de Fuego.
El mencionado ciudadano quedó a la orden del el tribunal de control de guardia del circuito judicial penal extensión El Vigía del estado Mérida para el procedimiento de ley respectivo.
Efectivos militares quienes se encontraban de servicio en el Puesto de Seguridad Vial Peaje de Tucaní perteneciente a la Segunda Compañía del Destacamento Nº 16, con sede en Carretera Panamericana, Sector Caño La Yuca de la Parroquia Florencio Ramírez del Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del Estado Mérida.
Practicaron la detención preventiva de un ciudadano, Venezolano, natural de el Vigía estado Mérida, de 52 años de edad, de profesión u oficio Chofer, residenciado en el Barrio Santa Inés sector los Tres Locos, jurisdicción de la Parroquia Antonio Borges Romero del estado Zulia.
Quien se verifico por el sistema de información policial (siipol), se encuentra solicitado según Telegrama: 3851 de Fecha 21/12/1992 Maracaibo, siendo requerido juzgado Primero de Primera Instancia en lo penal del estado Zulia, Oficio Nro. 2987, de fecha 13/11/92 por el delito de Robo y Porte Ilícito de Arma de Fuego.
El mencionado ciudadano quedó a la orden del el tribunal de control de guardia del circuito judicial penal extensión El Vigía del estado Mérida para el procedimiento de ley respectivo.
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