El Nacional
La nueva Ley Orgánica del Trabajo (LOTT), promulgada este mes por el Gobierno
nacional, ha traído una serie de críticas a la mesa y cambios que, muchos
organismos e individuos, han denunciado no podrán ser asumidos por cientos de
empresas, siendo la pequeña y mediana empresa la más afectada.
Desde la entrada en vigencia de la nueva LOTTT , el costo mensual de cada trabajador –durante su primer año de contrato- ascendió en 10% tomando en cuenta la cobertura de los beneficios básicos establecidos en el reglamento. Esto significa que, un trabajador que perciba sueldo mínimo (1.7480,45 Bs.) le ‘cuesta’ a su empleador (este primer año) al menos 2.336,84 bolívares mensualmente mientras el monto que cancelaría, si siguiera vigente la ley anterior, sería de 2.152,42 bolívares.
Este aumento se debe al pago de las prestaciones sociales, utilidades y bono vacacional. El cambio en el cálculo de las prestaciones (que ahora se calculan a 60 días en vez de los 45 habituales), el pago de utilidades (calculado ahora a 30 días) y el pago del bono vacacional (calculado ahora a 15 días de salario cuando antes era de 7 días) son elementos que aumentan los gastos, difícilmente asumibles –en particular- por las pequeñas empresas.
Federico López, consultor, asegura que este incremento es agresivo contra las empresas más pequeñas pues éstas calculan el pago de sus compromisos salariales por el monto mínimo fijado en la LOTT, en cambio, aclara López, para las empresas grandes este aumento no significaría mayor problema.
A pesar de que las empresas medianas o grandes no son muy afectadas por este nuevo régimen, continúa López, el pago de las prestaciones sociales sí las afecta a todas por igual, pues no sólo se aumentó el aporte del empleador durante el primer año sino también la provisión establecida para el pago de los retroactivos.
Por su parte, Gaiskale Castillejo, abogada, asevera que la incidencia de la nueva LOTTT sobre los costos de las empresas supera las modificaciones establecidas sobre prestaciones, utilidades y bono vacacional alterando también la indemnización por despido injustificado, ahora establecido con un pago del doble del acumulado mientras duró la relación laboral, sin establecer a priori límites de tiempo o sueldo para su cálculo.
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