TSJ anula sentencia que condenaba a Cemex a pagar la cantidad de 806 mil 910 bolívares fuertes


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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en ponencia de su presidenta, magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, declaró ha lugar la solicitud de revisión interpuesta por la representación judicial de la empresa Cemex de Venezuela; de la sentencia número 2.569 dictada por la Sala Político Administrativa del TSJ el 15 de noviembre de 2006.

En la misma decisión la Sala Constitucional del TSJ declaró la nulidad de la mencionada sentencia, mediante la cual la Sala Político Administrativa declaró sin lugar el recurso de apelación ejercido por la referida sociedad mercantil contra la decisión dictada el 10 de mayo de 2005, por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo.

La Sala Constitucional también declaró con lugar la apelación ejercida contra la misma sentencia, la cual había declarado improcedente la suspensión de efectos de la Resolución N°SPPLC/0033-03, dictada por la Superintendencia para la Promoción y Protección de la Libre Competencia, mediante la cual se le impuso a la referida empresa una multa correspondiente al 0,5% de las ventas brutas al cierre del ejercicio económico del año 2002, lo que es equivalente a la cantidad de Bs. 806.910,00.

Para el caso, la Sala Constitucional del TSJ ordenó emitir un nuevo pronunciamiento a las Cortes de lo Contencioso Administrativo, sobre la medida cautelar solicitada, previa constatación de las condiciones para declarar la medida cautelar solicitada conforme al criterio expuesto en el presente fallo. Vale mencionar que la presente decisión conto con el voto concurrente de la magistrada Gladys Gutiérrez Alvarado.


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