Declaran procedente extradición de dos venezolanos en Costa Rica


Agencias

En ponencia de la presidenta de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), magistrada Ninoska Queipo Briceño, el máximo juzgado del país declaró procedente solicitar a Costa Rica, la extradición activa de los ciudadanos Freddy López y Loryelena Delgado quienes se desempeñaban como gerente de operaciones y accionista de la empresa Marivelca respectivamente. La magistrada Blanca Rosa Mármol de León salvó el voto en la presente decisión.


Tal sentencia corresponde a las órdenes de aprehensión que en su contra dictó el Tribunal Primero Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, el 4 de febrero pasado por la presunta comisión de los delitos de almacenamiento ilícito de sustancias químicas controladas, tipificado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, a su vez por asociación ilícita para delinquir, previsto en el artículo 6 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, vigente para la fecha en la que ocurrieron los hechos.

Fiscales del Ministerio Público solicitaron la extradición de los ciudadanos antes mencionados una vez que la Interpol informara en radiograma de la OCN San José de Costa Rica, su ingreso a ese país el 21 de febrero de 2011, procedentes de Panamá y la presunción de su permanencia en territorio costarricense.

Recordó la Sala del TSJ que Costa Rica y Venezuela, son signatarias de la Convención Interamericana Sobre Extradición, publicada en la Gaceta Oficial número 2.955 Extraordinaria, del 11 de mayo de 1982, que obliga a los Estados Partes a entregar a otros Estados Partes que lo soliciten, a las personas requeridas judicialmente para procesarlas, así como a las procesadas, las declaradas culpables o las condenadas a cumplir una pena de privación de libertad.

Destaca además la sentencia del Alto Juzgado venezolano, entre otras cosas, que los delitos por los cuales se solicita la extradición de Freddy López y Loryelena Delgado, no son delitos políticos, o delitos conexos con delitos políticos, sino que en la legislación venezolana son considerados como delitos graves, previstos en leyes especiales que rigen las respectivas materias de droga y delincuencia organizada.

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