El Ministerio para la Vivienda y Hábitat dictó una nueva resolución que modifica
levemente las condiciones que regirán el otorgamiento de créditos para la
adquisición, autoconstrucción, ampliación y mejora de vivienda principal con
recursos provenientes de la cartera de crédito en materia de vivienda que deben
cumplir los bancos venezolanos.
AVN
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La normativa fue publicada en la Gaceta Oficial
número 40.115, de fecha 21 de febrero de 2013, que circuló este viernes.
Los créditos por cartera hipotecaria son
otorgados a familias con ingresos mensuales de entre uno (2.047,48 bolívares) y
quince salarios mínimos (30.712,2 bolívares). La cartera hipotecaria es la
porción (este año será de 20%) de la cartera de créditos bruta anual que los
bancos deben destinar a financiamiento para vivienda.
Los cambios principales contenidos en la nueva
resolución están vinculados con el Subsidio Directo Habitacional, que es una
ayuda no reembolsable que otorga el Estado a familias que ganen hasta cuatro
salarios mínimos al mes (8.189,92 bolívares).
El artículo cuatro de la nueva resolución del
despacho, dirigido por Ricardo Molina, precisa que los montos de los créditos a
otorgar con los recursos provenientes de la cartera hipotecaria serán
determinados en función de la capacidad de pago de la familia, tal como sucedía
hasta ahora, pero agrega una acotación: en aquellas solicitudes que conlleven el
Subsidio Directo Habitacional, "el monto (del crédito) estará sujeto al valor de
la vivienda, la cual no podrá exceder la cantidad de 350.000 bolívares".
Quiere decir que si la familia que tramita un
crédito por cartera hipotecaria desea optar por el subsidio, tiene que
seleccionar una vivienda cuyo valor no exceda los 350.000 bolívares. Este
tope no estaba contenido en la resolución vigente hasta ahora, que fue dictada
el 20 de julio de 2012.
Actualmente, según la resolución que rige el
financiamiento para el otorgamiento de créditos para vivienda principal con
recursos del Fondo de Ahorro Obligatorio para Vivienda (Faov), ese subsidio no
debe superar los 270.000 bolívares.
La resolución ministerial publicada en Gaceta
ordena justamente que para el otorgamiento del subsidio a los créditos por
cartera deben seguirse las condiciones establecidas en la resolución para
créditos por Faov.
En la actualidad, esta normativa establece una
tabla que precisa un otorgamiento de subsidio de hasta 100% si la familia gana
menos de un salario mínimo mensual; de 80%, si gana el equivalente a un salario
mínimo; 54,19%, hasta dos salarios mínimos; 30% de subsidio, hasta tres
salarios, y hasta cuatro salarios mínimos, 10% de subsidio.
La norma que rigió hasta ahora precisaba que la
aplicación del subsidio se haría "luego de calculado el crédito agotando la
capacidad de pago del solicitante y cosolicitantes, en función del ingreso
integral total mensual declarado", y que para los créditos otorgados por cartera
no se aplicaría la escala de porcentajes establecida para el subsidio con
recursos del Faov. Es decir, primero se pide el crédito y después el subsidio,
una vez agotada la capacidad crediticia del solicitante.
Asimismo, se modificó el tope de ingresos para
los créditos dirigidos a autoconstrucción, ampliación o mejora de vivienda
principal. Las familias que opten a este financiamiento no podrán ganar más de
seis salarios mínimos (12.284,88 bolívares). Hasta ahora, el límite era de cinco
salarios mínimos.
Lo que sigue igual
En su mayoría, las condiciones generales para el
otorgamiento de créditos para adquisición, autoconstrucción, ampliación y mejora
de vivienda principal quedaron igual en la nueva resolución.
- La cuota mensual para el pago de los créditos
no podrá superar 35% del ingreso familiar mensual.
- Los plazos para pagar son, igualmente, de 30
años para adquisición, 20 años para autoconstrucción, 15 años para ampliación y
10 años para mejora.
- Los créditos pueden ser concedidos hasta 100%
de la solicitud, conforme al valor que resulte del avalúo de la vivienda y de
acuerdo con el ingreso integral total de la familia al mes.
- El Banco Nacional de Vivienda y Hábitat
(Banavih) velará por el cumplimiento de la
resolución.
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