Gobernación administrará recursos asignados para emergencia

Juan Luís Suárez, procurador del estado Mérida

Prensa/OCI/Elianira Gutiérrez
Foto: Néstor Tarazona
*** Provenientes del Gobierno Central y según el procurador del estado, no es discrecional del gobernador Marcos Díaz Orellana, cómo van a  ser manejados los recursos, porque está sujeto a las líneas impartidas por el  Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia y el Comité Coordinador Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, a cuyo cargo se encuentra su aprobación
Con el fin de garantizar a la población emeritense el suministro de los servicios básicos necesarios, la restitución de la infraestructura afectada y la superación de los inconvenientes ocasionados por las lluvias, el gobierno del estado Mérida, liderado por Marcos Díaz Orellana, da respuestas oportunas a cada uno de los municipios afectados por las fuertes precipitaciones.



Juan Luis Suárez, Procurador del estado Mérida, acotó que la formalización del Decreto Nº 7.876, donde el Presidente Hugo Chávez declaró Estado de Emergencia en los estados Zulia, Mérida, Trujillo y Nueva Esparta, por un lapso de noventa días, es un paso más del proceso -desde el punto de vista técnico legal- que el gobernador Marcos Díaz Orellana había iniciado desde el pasado seis de octubre cuando comenzaron las precipitaciones.


Según el Procurador, los Gobernadores a través de la Ley de Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastre y la Ley de Estados de Excepción, tienen las prerrogativas para declarar formalmente la situación de emergencia con todo el justificativo de orden técnico, y posteriormente, hacer la solicitud al Presidente para activar el mecanismo de decreto formal.


“La Gobernación de Mérida activó el mecanismo con todos los justificativos de pérdidas humanas y materiales, que para ese entonces afectaba a 19 municipios. Hace dos meses el gobierno regional activó el procedimiento, e incluso el gobernador de Vargas, García Carneiro, consultó a Marcos Díaz Orellana sobre el trámite legal y jurídico de la solicitud del decreto de emergencia para el hacer lo propio”, expresó.


Dijo Suárez, que el decreto de emergencia promulgado por el Presidente es de 90 días prorrogables, y en el mismo el Ministerio del Poder popular para el Interior y Justicia, a través de la Dirección Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, delega en el Gobernador su administración.


“La administración recae sobre el Gobernador del estado, es decir, la ejecución formal del decreto y los recursos extraordinarios, que son un auxilio financiero para la atención de las contingencias. Lo que no implica que vamos a recibir importantes recursos para ser manejados discrecionalmente, al contrario, va estar debidamente controlado por el Ministerio del Interior y Justicia, el Comité Coordinador Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres y la Presidencia de la Republica, para que la administración sea prudente, de acuerdo a las necesidades y contingencias que está viviendo el estado”.

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