Declaran sin lugar recurso interpuesto por Globovisión contra resolución de Conatel


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EL NACIONAL

***El 14 de junio de 2007 Globovisión expuso su rechazo contra varios actos administrativos que, entre otras cosas, obligaban al canal de noticias a difundir mensajes audiovisuales que, a su criterio, se alejan de ser informativos, educativos o culturales y "son claramente de propaganda política"

El Tribunal Supremo de Justicia declaró improcedente la medida cautelar innominada solicitada por Globovisión en junio de 2007 contra la obligación de difundir mensajes audiovisuales con contenido de propaganda oficial.
El TSJ considera que lo solicitado como medida cautelar "se contrae a pedir que se prohíba a la Administración ordenar la transmisión de un tipo de mensajes, que en su criterio son de índole política. De emitirse una sentencia cautelar contentiva de tal prohibición, vaciaría de contenido la sentencia definitiva, porque el objeto de la cautelar es idéntico al de la pretensión principal".



Antecedentes

El 14 de junio de 2007 Globovisión expuso su rechazo contra varios actos administrativos, entre ellos, uno emanado del Ministerio de Comunicación e Información que ordenó a la planta transmitir el material audiovisual denominado "Todo se acaba" del 17 al 27 de mayo de 2007 en el horario de 9:00 pm

Asimismo, el canal de noticias actuó contra los actos administrativos del 18 y 21 de junio de 2007 emanados del Viceministro de Estrategia Comunicacional y la Viceministro de Gestión Comunicacional del Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información, respectivamente, que ordenaron al canal a transmitir los materiales audiovisuales denominados "Comercial Bandera Nacional", transmitido del 16 de junio al 16 de julio de 2007 ; "Comercial: Viaducto, 5 Versiones", transmitido del 21 de junio al 03 de julio de 2007, y "Comercial: Copa América de Barinas" del 21 de junio al 10 de julio de 2007

Basado en esto, Globovisión solicitó la medida cautelar innominada tras considerar que "existe un criterio reiterado por parte de la Administración en calificar como mensajes informativos, mensajes que son claramente de propaganda política". Dichos mensajes empleaban lemas que buscaban "ganar adeptos a las ideas políticas del Presidente de la República, tales como: "(...)‘Rumbo al Socialismo Bolivariano', ‘La Revolución Avanza' o ‘Alcaldía Mayor, con Chávez un solo Gobierno', ‘esto es un logro más de nuestro Presidente para toda Venezuela' o ‘gracias a la gestión del Gobierno Bolivariano', ‘Venezuela es de todos', ‘Gobierno Bolivariano' (...)".

De acuerdo con el canal, tales mensajes "no califican ni de culturales, ni de educativos, ni de informativos o preventivos de servicio público sino que constituyen un evidente caso de propaganda oficial, expresamente prohibida en esa Ley".

En tal sentido solicitó que se ordenara al Minci, mientras se tramitaba el procedimiento, "abstenerse de emitir nuevos actos administrativos en virtud de los cuales se establezca a cargo de su mandante la obligación de trasmitir mensajes audiovisuales con contenido de propaganda oficial", con mensajes cuya finalidad sea conseguir adeptos a las ideas del gobierno, más allá de la transmisión de simple mensajes culturales, educativos, informativos o preventivos o de servicio público".

Este martes, LA Sala Político- Administrativa se pronunció en cuanto a la medida cautelar solicitada por el canal declarándola improcedente.

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